Pérdida de capacidad laboral (PCL)

Ofertamos un servicio especializado que brinda la calificación de la pérdida de capacidad laboral o asesoría en el proceso. El examen de pérdida de capacidad laboral (PCL) es la prueba idónea para determinar el grado de invalidez de una persona

En ningún caso, reemplaza las calificaciones emitidas por entidades de orden jerárquico superior como: EPS, ARL, JUNTA REGIONAL y JUNTA NACIONAL, no es válido para resolver controversias, sirve a la empresa y su trabajador como apoyo y asesoría en este proceso.

Es un procedimiento para calificar la pérdida de habilidades, destrezas, aptitudes y potencialidades de orden físico, mental y social, que le permiten al individuo desempeñarse en un trabajo. La calificación de un porcentaje es un requisito indispensable para definir si debido a las secuelas de una enfermedad o un accidente laboral el paciente tiene derecho al pago de una indemnización monetaria y para estimar su valor o para determinar si el paciente tiene derecho a una pensión de invalidez. El procedimiento se inicia.

Cuando exista concepto desfavorable de rehabilitación, tanto para aquellos eventos de origen común, como laboral.

Cuando al afiliado se le certifique el alcance de la Mejoría Médica Máxima (MMM) y sea expedido en el formato de certificación, tratamiento y/o proceso de rehabilitación concluido, expedido por el ministerio de salud.

Cuando el afiliado termine el proceso de rehabilitación funcional y, en todo caso, antes de superar los quinientos cuarenta (540) días de incapacidad.

En las demás situaciones que, el profesional de la salud que esté calificando el evento, considere procedente

La norma, además especifica que todo tratamiento y/o proceso de rehabilitación concluido deberá estar certificado y suscrito por el médico tratante o el equipo de rehabilitación de la EPS o de la ARL, según corresponda, conforme al formato que para tal efecto establezca el ministerio de salud y protección social. El tratamiento y/o proceso de rehabilitación podrá continuar después de la calificación o dictamen de calificación, según criterio médico.

El solicitante debe aportar la historia clínica completa e integral del paciente, así como los conceptos finales de los médicos tratantes y del médico laboral.

Se califica conforme al manual único para la calificación de invalidez establecido en el Decreto 1507 de 2014 o el vigente a la fecha de calificación. (Se modifica respecto decreto).

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